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BOLETÍN OFICIAL DEL EST
ADO
Núm. 49
Jueves 26 de febrero de 2009
Sec. I.   Pág. 19894
revisión de la totalidad
del
documento,
así
como los
comentarios
y propuestas recibidos,
fueron presentados en la Conferencia Sectorial de Medio
Ambiente, celebrada el 26 de
febrero 2007, e insertado en la página Web del MMA, con objeto de dar cumplimiento
al
trámite
de
información pública.
A
partir
de
este
momento
se
inicia
la tramitación
prevista
en la
Ley
9/2006,
de
28
de
abril,
sobre
evaluación
de
los
efectos
de
determinados
planes y programas en el medio ambiente, con objeto de elaborar la versión preliminar
de este Plan.
Esta
versión
preliminar
del
PNIR,
y
su
correspondiente
Informe
de
Sostenibilidad
Ambiental (ISA), en el que se incluyeron contenidos adicionales relativos a la revisión de
la Directiva Marco de Residuos y a los planes específicos de prevención de residuos, así
como medidas a favor de la política de lucha contra el cambio climático, fue sometido al
trámite de consulta pública, lo que ha dado lugar a la elaboración de un nuevo texto que,
una vez concluido este procedimiento participativo, ha sido finalmente consensuado el 5
de noviembre de 2008 con todas las comunidades autónomas.
Este
Plan
incluye
entre
sus
objetivos
el
tratamiento
de
los
residuos
domésticos
y
similares
(urbanos
de
de
origen
domiciliario),
los
residuos
con
legislación
específica
(peligrosos, vehículos y neumáticos fuera de
uso, pilas y acumuladores, aparatos
eléctricos
y
electrónicos, residuos
de construcción y
demolición,
y
lodos de
depuradoras), suelos
contaminados
y
residuos
agrarios
e
industriales
no
peligrosos.
También
contempla
la
reducción de vertidos de residuos biodegradables.
El Plan prevé su revisión con carácter bianual, en colaboración con las comunidades
autónomas,
los departamentos ministeriales con competencias en la materia, y tiene en
cuenta la posición de los agentes económicos y sociales. La revisión de los objetivos se
hará de acuerdo con lo establecido en la Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo,
de 19 de noviembre de 2008, sobre los residuos
y por la que se derogan determinadas
Directivas;
y,
en
particular,
los
objetivos
de
valorización
energética
se
revisarán
en
concordancia con la futura Ley de eficiencia energética y energías renovables y el Plan de
energías renovables.
La finalidad
del
Plan
es la
de promover
una política
adecuada en la
gestión de los
residuos, disminuyendo
su generación
e impulsando
un correcto
tratamiento de
los mismos:
prevención,
reutilización,
reciclaje,
valoración
y
eliminación.
Así
mismo,
persigue
la
implicación de todas las Administraciones públicas, consumidores y usuarios, con objeto
de
que
asuman
sus
respectivas
cuotas
de responsabilidad,
impulsando
la
creación
de
infraestructuras que garanticen este correcto tratamiento y gestión de los residuos en los
lugares más próximos a su generación.
En virtud de lo expuesto, de acuerdo con el artículo 5 de la Ley 10/1998, de 21 de abril,
de
Residuos,
previa
deliberación
de
la
Conferencia
Sectorial
de
Medio
Ambiente
y
cumplimiento del trámite de información pública,
El Consejo de Ministros, a propuesta de la Ministra de Medio Ambiente, y Medio Rural
y Marino, en su reunión del día 26 de diciembre de 2008, adopta el siguiente Acuerdo:
Primero.–Aprobar
el
Plan
Nacional
Integrado
de
Residuos
(PNIR)
para
el
período
2008-2015
que se contiene en el anexo al presente acuerdo y las tablas de información
complementaria que se incluyen en su apéndice I.
Segundo.–T
omar conocimiento de los planes autonómicos de residuos elaborados por
las comunidades autónomas que figuran en el apéndice II del Plan.
Tercero.–T
odas las medidas y
actuaciones previstas en este Plan
serán financiadas
por las Administraciones competentes; existiendo, dentro de la Administración General del
Estado,
una
dotación
presupuestaria
de
23
millones
de
euros
en
el
presupuesto
del
Ministerio
de
Medio Ambiente,
y
Medio
Rural
y
Marino,
que
se
destinará
a
promover
actuaciones de interés general
para el
adecuado desarrollo
de la
política de gestión de
residuos.
cve: BOE-A-2009-3243