BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 49
Jueves 26 de febrero de 2009
Sec. I. Pág. 19908
Evaluación los sistemas de recogida de residuos implantados
y otros posibles,
con la finalidad
de modificar o cambiar a sistemas de recogida más
eficientes y que se adapten a situaciones
específicas (canal HORECA, pequeñas poblaciones, entornos rurales, zonas insulares etc.)
Impulso a la recogida selectiva de medicamentos a través de las oficinas de farmacia, de ropa
usada, de residuos voluminosos, de residuos de aceites vegetales, etc.
Ampliación de la red actual de puntos limpios: se dotará a todos los municipios de más de 5000
habitantes antes del 2010 y a todos los de más de 2000 habitantes antes de 2015.
Construcción de estaciones
de transferencia hasta completar la dotación necesaria para cubrir
el territorio nacional.
Campañas
de
información
y
sensibilización
orientadas
a
enfatizar
el
papel
que
juegan
los
consumidores en la separación
en origen de distintas fracciones de los residuos: en particular,
para la fracción orgánica, el papel/cartón, vidrio y envases ligeros y otras fracciones.
Colaboración
con
la
Red
Española
de
Compostaje
para
el
desarrollo
de
trabajos
técnicos
encaminados
a
optimizar
el
rendimiento
de
las
plantas
de
compostaje
y
biometanización
disponibles.
Realización
y
difusión
de
una
guía
para
el
buen
funcionamiento
de
estas
instalaciones.
Reorientación
de
las
instalaciones
de
biometanización
hacia
el
tratamiento
de
la
fracción
orgánica recogida selectivamente.
Optimización
del
funcionamiento
de
las
instalaciones
de
clasificación
de
envases
y
de
tratamiento mecánico de fracción resto para aumentar la recuperación de materiales.
Fomento del empleo de los materiales procedentes del reciclado de los residuos, en sustitución
de materias primas e impulso de estos productos, por ejemplo impulsando las compras verdes
en la administración y, en la medida de lo posible, en el sector privado.
Realización de una guía de aplicación del compost a los cultivos agrícolas, jardinería, etc.
Valorización energética.
Adaptación a los criterios ecológicos, energéticos y de eficiencia derivados de la legislación de
la UE de las incineradoras de RU actualmente en funcionamiento.
Caracterización de la fracción de los RU destinados a valorización energética.
Establecimiento de criterios ecológicos y energéticos para la fracción de RU incinerable.
Desarrollo de
trabajos técnicos encaminados
a la valorización de
las escorias obtenidas
en el
proceso de incineración.
Aplicación, en su caso, de las conclusiones alcanzadas.
Eliminación.
Continuación de la aplicación del Plan de Acción de Vertederos.
Continuación con el programa de captación de biogás en vertederos.
Adopción de medidas específicas
para aplicar el artículo 11 del Real Decreto 1481/2001 sobre
repercusión
de
los
costes
totales
de
vertido
vía
precios
de
admisión.
Evaluación
del
coste
íntegro del vertido.
cve: BOE-A-2009-3243