1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 .. 22
6494
Martes
19
febrero
2002
BOE
núm.
43
tillas
y
la
aprobación
del
Reglamento
de
ingreso
en
lo
centros
docentes
de
formación
de
la
Guardia
Civil.
Disposición
adicional
segunda.
Plan
de
recursos
huma-
nos
2001-2004.
La
presente
oferta
de
empleo
público
se
inscribe
en
el
marco
del
Plan
de
Recursos
Humanos
de
la
Dirección
General
de
la
Guardia
Civil
para
el
período
2001-2004.
A
efectos
de
intensificar
las
actuaciones
previstas
en
dicho
Plan,
durante
el
año
2002
se
procederá,
en
cola-
boración
con
los
Ministerios
de
Administraciones
Públi-
cas
y
de
Hacienda,
al
estudio
tanto
de
la
actual
plantilla
como
de
su
distribución
en
función
de
las
cargas
de
trabajo,
para
su
adecuado
dimensionamiento.
Asimismo,
y
con
el
fin
de
optimizar
los
recursos
dis-
ponibles
del
Cuerpo
de
la
Guardia
Civil,
se
procederá
a
delimitar
los
puestos
de
naturaleza
administrativa
para
la
sustitución
progresiva
de
funcionarios
de
dicho
Cuerpo
que
actualmente
desempeñen
puestos
de
esta
natura-
leza
por
funcionarios
de
Cuerpos
Generales
y
personal
en
situación
de
reserva.
En
función
de
los
resultados
de
estos
análisis,
la
Secre-
taría
de
Estado
de
Seguridad
definirá
los
cupos
de
pase
a
la
situación
de
reserva
a
petición
propia.
Las
ofertas
de
empleo
público
que
se
autoricen
en
los
próximos
años
de
vigencia
del
Plan
estarán
condi-
cionadas
a
la
adopción
de
las
medidas
derivadas
de
los
estudios
mencionados
y
complementarán
sus
resul-
tados.
Disposición
adicional
tercera.
Difusión
de
las
convo-
catorias
de
pruebas
selectivas.
Con
objeto
de
ampliar
la
difusión
de
las
distintas
con-
vocatorias
de
pruebas
selectivas
derivadas
de
la
presente
oferta
de
empleo
público,
el
Ministerio
del
Interior
incluirá
en
su
página
«web»
en
la
red
internet
una
dirección
dedicada
a
procesos
selectivos,
en
la
que
recogerá
de
la
manera
más
completa
posible,
cada
una
de
las
con-
vocatorias
y
los
actos
que
se
deriven
de
ellas.
Disposición
final
única.
Entrada
en
vigor.
El
presente
Real
Decreto
entrará
en
vigor
el
día
siguiente
al
de
su
publicación
en
el
«Boletín
Oficial
del
Estado».
Dado
en
Madrid
a
15
de
febrero
de
2002.
JUAN
CARLOS
R.
El
Ministro
deAdministraciones
Públicas,
JESÚS
POSADA
MORENO
MINISTERIO
DE
MEDIO
AMBIENTE
3285
ORDEN
MAM/304/2002,
de
8
de
febrero,
por
la
que
se
publican
las
operaciones
de
valo-
rización
y
eliminación
de
residuos
y
la
lista
europea
de
residuos.
La
Ley
10/1998,
de
21
de
abril,
de
Residuos,
esta-
blece
el
régimen
jurídico
básico
aplicable
a
los
residuos
en
España
y,
en
tal
sentido,
habilita
al
Ministerio
de
Medio
Ambiente
para
publicar
una
serie
de
medidas adoptadas
por
las
instituciones
comunitarias
mediante
diversas
Decisiones,
como
es
el
caso
de
las
operaciones
de
valo-
rización
y
eliminación
y
de
las
listas
europeas
sobre
residuos.
Así,
en
el
segundo
párrafo
del
apartado
2
de
la
dis-
posición
final
tercera
de
la
mencionada
Ley
se
establece
que
el
citado
Departamento
publicará
la
lista
de
ope-
raciones
de
valorización
y
eliminación
de
residuos,
apro-
bada
mediante
la
Decisión
96/350/CE,
lo
que
se
lleva
a
cabo
en
el
anejo
1
de
esta
Orden,
de
forma
tal
que
resulta
de
aplicación
a
todo
tipo
de
residuos
y
permite
una
correcta
aplicación
de
los
propios
conceptos
de
«va-
lorización»
y
«eliminación»,
de
acuerdo
con
lo
establecido
en
los
apartados
k)
y
l)
del
artículo
3
de
la
Ley
10/1998.
Del
mismo
modo,
en
el
primer
párrafo
del
apartado
2
de
la
misma
disposición
final
tercera
de
la
Ley
10/1998,
se
faculta
al
Ministerio
de
Medio
Ambiente
para
publicar
el
Catálogo
Europeo
de
Residuos
(CER)
y
la
Lista
de
Residuos
Peligrosos,
aprobados,
respectivamente,
por
las
Decisiones
comunitarias
94/3/CE,
de
la
Comisión,
de
20
de
diciembre,
y
99/404/CE,
del
Consejo,
de
22
de
diciembre.
Estas
Decisiones
comunitarias
han
sido
derogadas
por
la
Decisión
2000/532/CE,
de
la
Comisión,
de
3
de
mayo
(posteriormente
modificada
por
las
Decisiones
de
la
Comisión,
2001/118/CE,
de
16
de
enero
y
2001/119,
de
22
de
enero
y
por
la
Decisión
del
Con-
sejo,
2001/573,
de
23
de
julio)
mediante
la
que
se
aprueba
la
Lista
Europea
de
Residuos,
que,
además
de
otras
modificaciones,
refunde
las
dos
listas
anteriormen-
te
mencionadas
en
una
sola.
Resulta,
por
tanto,
pro-
cedente
proceder
a
la
publicación
de
la
mencionada
Lista
Europea
de
Residuos
en
el
anejo
2
de
esta
Orden,
de
acuerdo
con
la
habilitación
anteriormente
mencionada.
Por
lo
que
se
refiere
a
la
propia
consideración
de
los
residuos
como
peligrosos,
en
el
artículo
3.c)
de
la
Ley
10/1998
se
establece
que
tendrán
tal
condición
los
que
hayan
sido
calificados
como
peligrosos
por
la
normativa
comunitaria.
En
este
sentido,
la
Deci-
sión
2000/532/CE
identifica
a
los
residuos
que
tienen
tal
calificación
en
la
Lista
Europea
de
Residuos
y
esta-
blece
los
mecanismos
pertinentes
que
resultan
de
apli-
cación
para
proceder
a
tal
identificación,
por
lo
que
todo
ello
se
publica
mediante
esta
Orden
ministerial,
tanto
en
el
articulado
como
en
el
anejo
2,
en
los
que
se
realiza
una
traslación
prácticamente
literal
de
la
Deci-
sión
2000/532/CE,
de
acuerdo
con
la
correspondiente
habilitación
de
la
Ley
10/1998,
anteriormente
mencio-
nada.
Finalmente,
en
la
disposición
final
segunda
del
Real
Decreto
952/1997,
de
20
de
junio,
por
el
que
se
modi-
fica
el
Real
Decreto
833/1988,
de
20
de
julio,
que
aprue-
ba
el
Reglamento
para
la
ejecución
de
la
Ley
20/1986,
de
14
de
mayo,
Básica
de
Residuos
Tóxicos
y
Peligrosos,
se
habilita
al
Ministro
de
Medio
Ambiente
para
publicar
las
sucesivas
modificaciones
de
la
lista
de
residuos
peli-
grosos
aprobada
por
las
instituciones
comunitarias.
En
el
procedimiento
de
elaboración
de
esta
Orden,
que
tiene
la
consideración
de
legislación
básica
sobre
protección
del
medio
ambiente,
de
acuerdo
con
lo
esta-
blecido
en
el
artículo
149.1.23
de
la
Constitución,
han
sido
consultadas
las
Comunidades
Autónomas
y
los
sec-
tores
afectados.
En
su
virtud,
dispongo:
Primero.
Operaciones
de
valorización
y
eliminación
de
residuos.
1.
De
conformidad
con
lo
establecido
en
el
segundo
párrafo
del
apartado
2
de
la
disposición
final
tercera
de
la
Ley
10/1998,
de
21
de
abril,
de
Residuos,
en
el
anejo
1
de
la
presente
Orden
se
publican
las
ope-