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14452
Martes
6
abril
2004
BOE
núm.
83
Si
el
espesor
medio
obtenido
en
la
capa
fuera
superior
al
ochenta
y
cinco
por
ciento
(85%)
del
especificado
y
no
existieran
problemas
de
encharcamiento,
se
podrá
admitir
siempre
que
se
compense
la
merma
de
espesor
con
el
espesor
adicional
correspondiente
en
la
capa
superior
por
cuenta
del
Contratista.
510.10.4
Rasante.—Las
diferencias
de
cota
entre
la
superficie
obtenida
y
la
teórica
establecida
en
los
Planos
del
Proyecto
no
excederán
de
las
tolerancias
especificadas
en
el
apartado
510.7.3,
ni
existirán
zonas
que
retengan
agua.
Cuando
la
tolerancia
sea
rebasada
por
defecto
y
no
existan
problemas
de
encharcamiento,
el
Director
de
las
Obras
podrá
aceptar
la
superficie
siempre
que
la
capa
superior
a
ella
compense
la
merma
con
el
espesor
adicional
necesario
sin
incremento
de
coste
para
la
Administración.
Cuando
la
tolerancia
sea
rebasada
por
exceso,
éste
se
corregirá
por
cuenta
del
Contratista,
siempre
que
esto
no
suponga
una
reducción
del
espesor
de
la
capa
por
debajo
del
valor
especificado
en
los
Planos.
510.10.5
Regularidad
superficial.—En
el
caso
de
la
zahorra
artificial,
si
los
resultados
de
la
regularidad
superficial
de
la
capa
terminada
exceden
los
límites
establecidos,
se
procederá
de
la
siguiente
manera:
Si
es
en
más
del
diez
por
ciento
(10%)
de
la
longitud
del
tramo
con-
trolado
se
escarificará
la
capa
en
una
profundidad
mínima
de
quince
cen-
tímetros
(15
cm)
y
se
volverá
a
compactar
y
refinar
por
cuenta
del
Con-
tratista.
Si
es
en
menos
de
un
diez
por
ciento
(10%)
de
la
longitud
del
tramo
controlado
se
aplicará
una
penalización
económica
del
diez
por
ciento
(10%).
510.11
Medición
y
abono.
La
zahorra
se
abonará
por
metros
cúbicos
(m
3
)
medidossobre
losplanos
de
Proyecto.
No
serán
de
abono
las
creces
laterales,
ni
las
consecuentes
de
la
aplicación
de
la
compensación
de
una
merma
de
espesores
en
las
capas
subyacentes.
510.12
Especificaciones
técnicas
y
distintivos
de
calidad.
El
cumplimiento
de
las
especificaciones
técnicas
obligatorias
reque-
ridas
a
los
productos
contemplados
en
este
artículo,
se
podrá
acreditar
por
medio
del
correspondiente
certificado
que,
cuando
dichas
especifi-
caciones
estén
establecidas
exclusivamente
por
referencia
a
normas,
podrá
estar
constituido
por
un
certificado
de
conformidad
a
dichas
normas.
Si
los
referidos
productos
disponen
de
una
marca,
sello
o
distintivo
de
calidad
que
asegure
el
cumplimiento
de
las
especificaciones
técnicas
obligatorias
deeste
artículo,
se
reconocerá
como
tal
cuando
dichodistintivo
esté
homologado
por
la
Dirección
General
de
Carreteras
del
Ministerio
de
Fomento.
El
certificado
acreditativo
del
cumplimiento
de
las
especificaciones
técnicas
obligatorias
de
este
artículo
podrá
ser
otorgado
por
las
Admi-
nistraciones
Públicas
competentes
en
materia
de
carreteras,
la
Dirección
General
de
Carreteras
del
Ministerio
de
Fomento
(según
ámbito)
o
los
Organismos
españoles
-públicos
y
privados-autorizados
para
realizar
tareas
de
certificación
o
ensayos
en
el
ámbito
de
los
materiales,
sistemas
y
pro-
cesos
industriales,
conforme
al
Real
Decreto
2200/1995,
de28
de
diciembre.
Normas
referidas
en
este
artículo
NLT-326
Ensayo
de
lixiviación
en
materiales
para
carreteras
(Mé-
todo
del
tanque).
NLT-330
Cálculo
del
índice
de
regularidad
internacional
(IRI)
en
pavimentos
de
carreteras
NLT-357
Ensayo
de
carga
con
placa.
UNE
103103
Determinación
del
límite
líquido
de
un
suelo
por
el
méto-
do
del
aparato
de
Casagrande.
UNE
103104
Determinación
del
límite
plástico
de
un
suelo.
UNE
103501
Geotecnia.
Ensayo
de
compactación.
Proctor
modificado.
UNE
146130
Áridos
para
mezclas
bituminosas
y
tratamientos
super-
ficiales
de
carreteras,
aeropuertos
y
otras
áreas
pavi-
mentadas.
UNE-EN
196-2
Métodos
deensayo
decementos.
Parte
2:
Análisis
químico
de
cemento.
UNE-EN
933-1
Ensayos
para
determinar
las
propiedades
geométricas
de
los
áridos.
Parte
1:
Determinación
de
la
granulo-
metría
de
las
partículas.
Métodos
del
tamizado.
UNE-EN
933-2
Ensayos
para
determinar
las
propiedades
geométricas
de
los
áridos.
Parte
2:
Determinación
de
la
granulo-
metría
de
las
partículas.
Tamices
de
ensayo,
tamaño
nominal
de
las
aberturas.
UNE-EN
933-3
Ensayos
para
determinar
las
propiedades
geométricas
de
los
áridos.
Parte
3:
Determinación
de
la
forma
de
las
partículas.
Índice
de
lajas.
UNE-EN
933-5
Ensayos
para
determinar
las
propiedades
geométricas
de
los
áridos.
Parte
5:
Determinación
del
porcentaje
de
caras de fractura de las partículas de árido grueso.
UNE-EN
933-8
Ensayos
para
determinar
las
propiedades
geométricas
de
los
áridos.
Parte
8:
Evaluación
de
los
finos.
Ensayo
del
equivalente
de
arena.
UNE-EN
933-9
Ensayos
para
determinar
las
propiedades
geométricas
de
los
áridos.
Parte
9:
Evaluación
de
los
finos.
Ensayo
de
azul
de
metileno.
UNE-EN
1097-2
Ensayos
para
determinar
las
propiedades
mecánicas
y
físicas
de
los
áridos.
Parte
2:
Métodos
para
la
deter-
minación
de
la
resistencia
a
la
fragmentación.
UNE-EN
1097-5
Ensayos
para
determinar
las
propiedades
mecánicas
y
físicas
de
los
áridos.
Parte
5:
Determinación
del
con-
tenido
en
agua
por
secado
en
estufa.
UNE-EN
1744-1
Ensayos
para
determinar
las
propiedades
químicas
de
los
áridos.
Parte
1:
Análisis
químico.
512.
Suelos
estabilizados
in
situ
512.1
Definición.—Se
define
como
suelo
estabilizado
in
situ
la
mezcla
homogénea
y
uniforme
de
un
suelo
con
cal
o
con
cemento,
y
eventualmente
agua,
en
la
propia
traza
de
la
carretera,
la
cual
convenientemente
com-
pactada,
tiene
por
objeto
disminuir
la
susceptibilidad
al
agua
del
suelo
o
aumentar
su
resistencia,
para
su
uso
en
la
formación
de
explanadas.
La
ejecución
de
un
suelo
estabilizado
in
situ
incluye
las
siguientes
operaciones:
Estudio
de
la
mezcla
y
obtención
de
la
fórmula
de
trabajo.
Preparación
de
la
superficie
existente.
Disgregación
del
suelo.
Humectación
o
desecación
del
suelo.
Distribución
de
la
cal
o
del
cemento.
Ejecución
de
la
mezcla.
Compactación.
Terminación
de
la
superficie.
Curado
y
protección
superficial.
Según
sus
características
finales
se
establecen
tres
tipos
de
suelos
esta-
bilizados
in
situ,
denominados
respectivamente
S-EST1,
S-EST2
y
S-EST3.
Los
dos
primeros
se
pueden
conseguir
con
cal
o
con
cemento,
mientras
que
el
tercer
tipo
se
tiene
que
realizar
necesariamente
con
cemento.
512.2
Materiales.—Lo
dispuesto
en
este
artículo
se
entenderá
sin
per-
juicio
de
lo
establecido
en
el
Real
Decreto
1630/1992
(modificado
por
el
Real
Decreto
1328/1995),
por
el
que
se
dictan
disposiciones
para
la
libre
circulaciónde
productosde
construcción,
en
aplicación
de
laDirectiva
89/106/CEE;
en
particular,
en
lo
referente
a
los
procedimientos
especiales
de
reconocimiento
se
estará
a
lo
establecido
en
su
artículo
9.
Independientemente
de
lo
anterior,
se
estará
además
en
todo
caso
a
lo
dispuesto
en
la
legislación
vigente
en
materia
ambiental,
de
seguridad
y
salud
y
de
almacenamiento
y
transporte
de
productos
de
la
construcción.
512.2.1
Cal.—Salvo
justificación
en
contrario,
para
la
estabilización
de
suelos
se
usarán
cales
aéreas
hidratadas
del
tipo
CL-90,
conformes
a
la
UNE-EN
459-1.
El
Pliego
de
Prescripciones
Técnicas
Particulares,
o
en
su
defecto
el
Director
de
las
Obras,
podrá
fijar
la
clase
de
cal
según
el
tipo
de
suelo
que
se
vaya
a
estabilizar.
Esta
cumplirá
las
prescripciones
del
artículo
200
de
este
Pliego
y
las
adicionales
que
establezca,
en
su
caso,
el
Pliego
de
Prescripciones
Técnicas
Particulares.
512.2.2
Cemento.—El
Pliego
de
Prescripciones
Técnicas
Particulares,
o
en
su
defecto
el
Director
de
las
Obras,
fijará
el
tipo
y
la
clase
resistente
del
cemento.
Éste
cumplirá
las
prescripciones
del
artículo
202
de
este
Pliego
y
las
adicionales
que
establezca,
en
su
caso,
el
Pliego
de
Prescrip-
ciones
Técnicas
Particulares.
Salvo
justificación
en
contrario,
la
clase
resistente
del
cemento
será
la
22,5N
o
la
32,5N
para
los
cementos
especiales
tipo
ESP-VI-1
y
la
32,5N
para
los
cementos
comunes.
No
se
emplearán
cementos
de
aluminato
de
calcio,
ni
mezclas
de
cemento
con
adiciones
que
no
hayan
sido
realizadas
en
la
fábrica.
Si
el
contenido
de
sulfatos
solubles
(SO
3
)
en
el
suelo
que
se
vaya
a
estabilizar,
determinado
según
la
UNE
103201,
fuera
superior
al
cinco
por
mil
(0,5%)
en
masa,
deberá
emplearse
un
cemento
resistente
a
los
sulfatos
y
aislar
adecuadamente
estas
capas
de
las
obras
de
paso
de
hormigón.