1 .. 53 54 55 56 57 58 59 60 61 62 63 64
14504
Martes
6
abril
2004
BOE
núm.
83
adecuada
y
mejorar
las
características
de
la
mezcla.
El
Director
de
las
Obras
establecerá
la
necesidad
de
utilizar
aditivos
y
su
modo
de
empleo,
de
acuerdo
con
las
condiciones
de
ejecución,
las
características
de
la
obra
y
las
condiciones
climáticas.
En
cualquier
circunstancia,
los
aditivos
uti-
lizados
deberán
cumplir
las
condiciones
establecidas
en
la
UNE-EN
934-2.
Únicamente
se
autorizará
el
uso
de
aquellos
aditivos
cuyas
caracte-
rísticas,
y
especialmente
su
comportamiento
y
los
efectos
sobre
la
mezcla
al
emplearlos
en
las
proporciones
previstas,
vengan
garantizadas
por
el
fabricante,
siendo
obligatorio
realizar
ensayos
previos
para
comprobar
dicho
comportamiento.
551.2.5
Productos
filmógenos
de
curado.—Los
productos
filmógenos
de
curado
deberán
cumplir
las
prescripciones
del
artículo
285
de
este
Pliego.
551.3
Tipo
y
composición
del
hormigón
magro
vigrado.—La
resistencia
media
a
compresión
simple
a
veintiocho
días
(28
d)
del
hormigón
magro
vibrado,
referida
a
probetas
cilíndricas,
de
quince
centímetros
(15
cm)
de
diámetro
y
treinta
centímetros
(30
cm)
de
altura,
fabricadas
y
con-
servadas
según
la
UNE
83301
y
ensayadas
según
la
UNE
83304,
deberá
estar
comprendida
entre
quince
y
veintidós
megapascales
(15
a
22
MPa).
A
efectos
de
este
artículo,
la
resistencia
media
a
compresión
simple
a
veintiocho
días
(28
d)
se
define
como
la
media
aritmética
de
los
resultados
obtenidos
sobre
tres
(3)
probetas
de
la
misma
amasada,
definida
de
acuerdo
a
lo
indicado
en
el
apartado
551.9.3.
El
Pliego
de
Prescripciones
Técnicas
Particulares
o,
en
su
defecto,
el
Director
de
las
Obras
especificará
el
ensayo
para
la
determinación
de
la
consistencia
del
hormigón,
así
como
los
límites
admisibles
en
sus
resul-
tados.
Si
se
mide
la
consistencia
según
la
UNE
83313,
el
asiento
deberá
estar
comprendido
entre
dos
y
seis
centímetros
(2
y
6
cm).
La
masa
unitaria
del
total
de
partículas
cernidas
por
el
tamiz
0,125
mm
de
la
UNE-EN
933-2,
incluyendo
el
cemento,
no
será
inferior
a
dos-
cientos
cincuenta
kilogramos
por
metro
cúbico
de
hormigón
magro
vibrado
(250
kg/m
3
).
La
dosificación
de
cemento
no
será
inferior
a
ciento
cuarenta
kilo-
gramos
por
metro
cúbico
(140
kg/m
3
)
de
hormigón
fresco
y
la
relación
ponderal
de
agua/cemento
(a/c)
no
será
superior
a
ciento
quince
cen-
tésimas
(1,15).
La
proporción
de
aire
ocluido
en
el
hormigón
fresco
vertido
en
obra,
según
la
UNE
83315,
no
será
superior
al
cinco
por
ciento
(5%),
en
volumen.
En
zonas
sometidas
a
nevadas
o
heladas
será
obligatoria
la
utilización
de
un
inclusor
de
aire.
En
este
caso,
la
proporción
de
aire
ocluido
en
el
hormigón
fresco
no
será
inferior
al
cuatro
y
medio
por
ciento
(4,5%),
en
volumen.
551.4
Equipo
necesario
para
la
ejecución
de
las
obras.—Se
estará,
en
todo
caso,
a
lo
dispuesto
en
la
legislación
vigente
en
materia
ambiental,
de
seguridad
y
salud
y
de
transporte
en
lo
referente
a
los
equipos
empleados
en
la
ejecución
de
las
obras.
551.4.1
Central
de
fabricación.—La
capacidad
mínima
de
acopio
de
cemento
corresponderá
al
consumo
de
una
jornada
y
media
(1,5)
a
ren-
dimiento
normal,
salvo
que
la
distancia
al
punto
de
aprovisionamiento
fuera
inferior
a
cien
kilómetros
(100
km),
en
cuyo
caso
el
límite
se
podrá
rebajar
a
una
(1)
jornada,
previa
autorización
del
Director
de
las
Obras.
El
hormigón
magro
se
fabricará
en
centrales
de
mezcla
discontinua,
capaces
de
manejar,
simultáneamente,
el
número
de
fracciones
del
árido
que
exija
la
fórmula
de
trabajo
adoptada.
La
producción
horaria
de
la
central
de
fabricación
deberá
ser
capaz
de
suministrar
el
hormigón
sin
que
la
alimentación
del
equipo
de
extensión
se
interrumpa
a
la
velocidad
de
avance
aprobada
por
el
Director
de
las
Obras,
considerada
como
mínimo
de
sesenta
metros
por
hora
(60
m/h).
En
carreteras
con
categorías
de
tráfico
pesado
T00
a
T1,
la
central
de
fabricación
estará
dotada
de
un
higrómetro
dosificador
de
agua
y
de
un
sistema
de
registro
y,
en
su
caso,
con
visualización
de
la
potencia
absorbida
por
los
motores
de
accionamiento
de
los
mezcladores,
y
de
las
pesadas
en
los
áridos,
cemento,
agua
y
eventuales
aditivos.
Las
tolvas
para
los
áridos
deberán
tener
paredes
resistentes
y
estancas,
bocas
de
anchura
suficiente
para
que
su
alimentación
se
efectúe
correc-
tamente,
y
estarán
provistas
de
dispositivos
para
evitar
intercontamina-
ciones;
su
número
mínimo
será
función
del
número
de
fracciones
de
árido
que
exija
la
fórmula
de
trabajo
adoptada.
Para
el
cemento
a
granel
se
utilizará
una
báscula
independiente
de
la
utilizada
para
los
áridos.
El
mecanismo
de
carga
estará
enclavado
contra
un
eventual
cierre
antes
de
que
la
tolva
de
pesada
estuviera
adecuadamente
cargada.
El
de
descarga
contra
una
eventual
apertura
antes
de
que
la
carga
de
cemento
en
la
tolva
de
pesada
hubiera
finalizado,
y
de
que
la
masa
del
cemento
en
ella
difiriera
en
menos
del
uno
por
ciento
1%)
de
la
especificada;
además
estará
diseñado
de
forma
que
permita
la
regu-
lación
de
la
salida
del
cemento
sobre
los
áridos.
La
dosificación
de
los
áridos
se
podrá
efectuar
por
pesadas
acumuladas
en
una
(1)
sola
tolva
o
individualmente
con
una
(1)
tolva
de
pesada
inde-
pendiente
para
cada
fracción.
En
el
primer
caso,
las
descargas
de
las
tolvas
de
alimentación
y
la
descarga
de
la
tolva
de
pesada
estarán
enclavadas
entre
sí,
de
forma
que:
No
podrá
descargar
más
de
un
(1)
silo
al
mismo
tiempo.
El
orden
de
descarga
no
podrá
ser
distinto
al
previsto.
La
tolva
de
pesada
no
se
podrá
descargar
hasta
que
haya
sido
depo-
sitada
en
ella
la
cantidad
requerida
de
cada
uno
de
los
áridos,
y
estén
cerradas
todas
las
descargas
de
las
tolvas.
La
descarga
de
la
tolva
de
pesada
deberá
estar
enclavada
contra
una
eventual
apertura,
antes
de
que
la
masa
de
árido
en
la
tolva
difiera
en
menos
de
un
uno
por
ciento
(1%)
del
acumulado
de
cada
fracción.
Si
se
utilizasen
tolvas
de
pesada
independientes
para
cada
fracción,
todas
ellas
deberán
poder
ser
descargadas
simultáneamente.
La
descarga
de
cada
tolva
de
pesada
deberá
estar
enclavada
contra
una
eventual
aper-
tura
antes
de
que
la
masa
de
árido
en
ella
difiera
en
menos
de
un
dos
por
ciento
2%)
de
la
especificada.
El
enclavamiento
no
permitirá
que
se
descargue
parte
alguna
de
la
dosificación,
hasta
que
todas
las
tolvas
de
los
áridos
y
la
del
cemento
estuvieran
correctamente
cargadas,
dentro
de
los
límites
especificados.
Una
vez
comenzada
la
descarga,
quedarán
enclavados
los
dispositivos
de
dosificación,
de
tal
forma
que
no
se
pueda
comenzar
una
nueva
dosificación
hasta
que
las
tolvas
de
pesada
estén
vacías,
sus
compuertas
de
descarga
cerradas
y
los
indicadores
de
masa
de
las
balanzas
a
cero,
con
una
tole-
rancia
del
tres
por
mil
(0,3%)
de
su
capacidad
total.
Los
dosificadores
ponderales
deberán
estar
aislados
de
vibraciones
y
de
movimientos
de
otros
equipos
de
la
central,
de
forma
que,
cuando
ésta
funcione,
sus
lecturas,
después
de
paradas
las
agujas,
no
difieran
de
la
masa
designada
en
más
del
uno
por
ciento
1%)
para
el
cemento,
uno
y
medio
por
ciento
1,5%)
para
cada
fracción
del
árido
o
uno
por
ciento
1%)
para
el
total
de
las
fracciones
si
la
masa
de
éstas
se
deter-
minase
conjuntamente.
Su
precisión
no
deberá
ser
inferior
al
cinco
por
mil
0,5%)
para
los
áridos,
ni
al
tres
por
mil
0,3%)
para
el
cemento.
El
agua
añadida
se
medirá
en
masa
o
en
volumen,
con
una
precisión
no
inferior
al
uno
por
ciento
1%)
de
la
cantidad
total
requerida.
Una
vez
fijadas
las
proporciones
de
los
componentes,
la
única
operación
manual
que
se
podrá
efectuar
para
dosificar
los
áridos
y
el
cemento
de
una
amasada
será
la
de
accionamiento
de
interruptores
y
conmutadores.
Los
mandos
del
dosificador
deberán
estar
en
un
compartimento
fácilmente
accesible,
pero
que
pueda
ser
cerrado
con
llave
cuando
así
se
requiera.
Si
se
prevé
la
incorporación
de
aditivos
a
la
mezcla,
la
central
deberá
poder
dosificarlos
con
precisión
suficiente,
a
juicio
del
Director
de
las
Obras.
Los
aditivos
en
polvo
se
dosificarán
en
masa
y
los
aditivos
en
forma
de
líquido
o
de
pasta
en
masa
o
en
volumen,
con
una
precisión
no
inferior
al
tres
por
ciento
3%)
de
la
cantidad
especificada
de
producto.
El
temporizador
del
amasado
y
el
de
la
descarga
del
mezclador
deberán
estar
enclavados
de
tal
forma
que,
durante
el
funcionamiento
del
mez-
clador,
no
se
pueda
producir
la
descarga
hasta
que
haya
transcurrido
el
tiempo
de
amasado
previsto.
551.4.2
Elementos
de
transporte.—El
transporte
del
hormigón
magro
podrá
realizarse
en
camiones
hormigonera
o
en
camiones
de
caja
lisa
y
estanca.
En
este
último
caso,
los
camiones
deberán
ir
siempre
provistos
de
una
lona
o
cobertor
adecuado
para
proteger
al
hormigón
magro
durante
su
transporte,
evitando
la
excesiva
evaporación
del
agua
o
la
intrusión
de
elementos
extraños.
Deberán
disponerse
los
equipos
necesarios
para
la
limpieza
de
los
ele-
mentos
de
transporte
antes
de
recibir
una
nueva
carga
de
hormigón
magro.
La
producción
horaria
del
equipo
de
transporte
deberá
ser
capaz
de
suministrar
el
hormigón
magro
sin
que
la
alimentación
del
equipo
de
exten-
sión
se
interrumpa
a
la
velocidad
de
avance
aprobada
por
el
Director
de
las
Obras,
considerada
como
mínimo
de
sesenta
metros
por
hora
(60
m/h).
551.4.3
Equipos
de
puesta
en
obra
del
hormigón
magro.
551.4.3.1
Pavimentadoras
de
encofrados
deslizantes.—La
puesta
en
obra
se
realizará
mediante
una
pavimentadora
de
encofrados
deslizantes,
capaz
de
extender,
vibrar
y
enrasar
uniformemente
el
hormigón
fresco.
El
Director
de
las
Obras
podrá
exigir
un
equipo
para
el
reparto
previo
del
hormigón
magro
en
toda
la
anchura
de
pavimentación.
La
pavimentadora
deberá
estar
equipada
con
un
sistema
de
guía
por
cable,
debiendo
actuar
los
servomecanismos
correctores
apenas
las
des-
viaciones
de
la
pavimentadora
rebasen
tres
milímetros
(3
mm)
en
alzado,
o
diez
milímetros
(10
mm)
en
planta.