BOE
núm.
193
Martes
13
agosto
2002
29905
I.
Disposiciones
generales
MINISTERIO
DE
FOMENTO
16372
ORDEN
FOM/2060/2002,
de
2
de
agosto,
por
la
que
se
aprueban
las
disposiciones
regu-
ladoras
de
las
áreas
de
acreditación
de
Labo-
ratorios
de
Ensayos
para
el
Control
de
Calidad
de
la
Edificación.
El
Real
Decreto
1230/1989,
de
13
de
octubre,
por
el
que
se
aprueban
las
disposiciones
reguladoras
gene-
rales
de
la
acreditación
de
Laboratorios
de
Ensayos
para
el
Control
de
Calidad
de
la
Edificación,
establece
en
su
disposición
adicional
primera
que
las
Comunidades
Autó-
nomas
podrán
aplicar
el
sistema
de
acreditación
de
Labo-
ratorios
para
el
Control
de
Calidad
de
la
Edificación,
que
figura
como
anexo
a
este
Real
Decreto
en
los
términos
y
con
los
efectos
que
se
establecen
en
el
mismo.
Asimismo,
indica
en
su
artículo
4.
o
1,
como
funciones
de
la
Comisión
Técnica
de
Acreditación,
establecer
las
diferentes
áreas
técnicas
de
acreditación,
y
elaborar
los
proyectos
de
disposiciones
reguladoras
específicas
de
las
áreas
técnicas
de
acreditación.
Las
Comunidades
Autónomas,
en
desarrollo
de
sus
competencias,
han
elaborado
disposiciones para la acre-
ditación
de
laboratorios
utilizando
como
sistema
básico
de
referencia
el
Real
Decreto
1230/1989,
de
13
de
octubre,
y
las
Órdenes
de
desarrollo
del
mismo.
En
la
Comisión
Técnica
de
Acreditación
al
principio
y,
posteriormente,
en
la
Comisión
Técnica
para
la
Calidad
de
la
Edificación,
en
la
que
se
trasforma
la
primera
por
el
Real
Decreto
1512/1992,
de
14
de
diciembre,
han
venido
recogiéndose
las
experiencias
de
aplicación
de
este
sistema
de
acreditación
en
todo
el
territorio
nacional
a
través
de
la
información
aportada
por
las
Comunidades
Autónomas
representadas
en
la
misma.
Paralelamente,
las
Comunidades
Autónomas
han
desarrollado
disposiciones
de
distinto
alcance,
en
el
ámbito
del
control
de
calidad
de
edificación
y
de
las
obras
públicas,
que
reclama
no
sólo
la
revisión
de
la
normativa
de
ensayos
de
las
áreas,
sino
también
la
revi-
sión
de
determinados
procedimientos
específicos
de
la
acreditación,
para
dotar
a
éstos
de
mayor
flexibilidad
y
que
puedan
adaptarse
con
rapidez
a
los
cambios
que
se
prevén
por
la
aplicación
de
la
Ley
38/1999,
de
5
de
noviembre,
de
Ordenación
de
la
Edificación
y
del
futuro
Código
Técnico
de
la
Edificación.
Desde
la
publicación
del
Real
Decreto
1230/1989,
de
13
de
octubre,
y
las
Órdenes
de
desarrollo
del
mismo,
de
disposiciones
reguladoras
específicas
de
la
acredi-
tación
para
las
distintas
áreas
técnicas,
se
han
producido
revisiones
de
la
normativa
básica
de
la
edificación,
de
la
instrucción
del
hormigón
y
del
cemento
y
de
pliegos
de
recepción
de
otros
productos,
que
afectan
al
conjunto
de
normas
de
ensayos
de
las
citadas
áreas
de
acredi-
tación,
y
que
demanda
la
actualización
de
la
normativa
de
ensayos
que
en
éstas
figura.
En
el
mismo
sentido,
los
requisitos
relativos
a
la
com-
petencia
de
los
laboratorios
de
ensayos
que
se
indican
en
el
Real
Decreto
1230/1989,
de
13
de
octubre,
y
en
las
Órdenes
de
desarrollo,
necesitan
ser
revisados
s
i
g
u
i
e
n
d
o
l
o
s
c
r
i
t
e
r
i
o
s
d
e
l
a
n
o
r
m
a
e
u
r
o
p
e
a
EN
ISO/IEC
17025
que
sustituye,
entre
otras,
a
la
Guía
ISO/CEI
25
en
la
que
se
basan
las
actuales
disposiciones
reguladoras
de
la
acreditación.
Constituida
la
Comisión
Técnica
para
la
Calidad
de
la
Edificación,
ésta
ha
elaborado
un
proyecto
de
actua-
lización
de
los
requisitos
de
la
acreditación
y
revisión
de
las
áreas
técnicas,
unificando
los
aspectos
comunes
a
las
mismas
y
su
interrelación.
Este
proyecto
pretende,
asimismo,
agilizar
el
mecanismo
de
aprobación
de
las
áreas
de
acreditación
en
el
futuro,
así
como
sus
modi-
ficaciones
para
adaptarse
a
la
normativa
de
obligado
cumplimiento,
en
la
medida
que
ésta
se
vaya
produ-
ciendo.
En
su
virtud
y
de
conformidad
con
la
disposición
final
del
Real
Decreto
1230/1989,
de
13
de
octubre,
y
previo
informe
favorable
del
Ministerio
de
Administraciones
Públicas
de
fecha
5
de
noviembre
de
2001,
dispongo:
Artículo
1.
Se
aprueban
las
disposiciones
reguladoras
de
las
áreas
de
acreditación
de
Laboratorios
de
Ensayos
para
el
Control
de
Calidad
de
la
Edificación,
que
figuran
como
anexo
a
la
presente
Orden.
Éstas
se
ordenan
del
siguiente
modo:
1.
Disposiciones
reguladoras
comunes
a
las
áreas
de
acreditación.
2.
Disposiciones
reguladoras
específicas
de
las
áreas
de
acreditación.
Disposición
derogatoria.
Quedan
derogadas
las
siguientes
Órdenes:
Orden
del
Ministro
de
Obras
Públicas
y
Urbanismo,
de
15
de
febrero
de
1990,
por
la
que
se
aprueban
las
disposiciones
reguladoras
específicas
de
la
acreditación
de
Laboratorios
de
Ensayo
para
el
Control
de
Calidad
de
la
Edificación
en
las
áreas
de
acero
para
estructuras.
Orden
del
Ministro
de
Obras
Públicas
y
Urbanismo,
de
15
de
febrero
de
1990,
por
la
que
se
aprueban
las
disposiciones
reguladoras
específicas
de
la
acreditación
de
laboratorios
de
ensayo
para
el
control
de
calidad
de
la
edificación
en
las
áreas
del
hormigón.
Orden
del
Ministro
de
Obras
Públicas
y
Urbanismo,
de
15
de
febrero
de
1990,
por
la
que
se
aprueban
las
disposiciones
reguladoras
específicas
de
la
acreditación
de
laboratorios
de
ensayo
para
el
control
de
calidad
de
la
edificación
en
las
áreas
de
mecánica
del
suelo.