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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 135
Jueves 3 de junio de 2010
Sec. III.   Pág. 48185
III.
 
OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO
8894
Resolución de 17 de mayo de 2010, de la Dirección General de Industria, por
la que se amplían los anexos I, II y III de la Orden de 29 de noviembre de 2001,
por la que se publican las referencias a las normas UNE que son transposición
de normas armonizadas, así como el período de coexistencia y la entrada en
vigor del marcado CE relativo a varias familias de productos de construcción.
El Real Decreto 1630/1992, de 29 de diciembre, por el que se dictan disposiciones para
la libre circulación de
productos
de construcción en aplicación de la Directiva
89/106/CE,
modificado
por
el
Real
Decreto
1328/1995
de
28
de
julio,
establece
en
su
artículo
4,
punto
2,
2.º
párrafo
que
las
referencias
de
las
normas
españolas
«UNE»
que
sean
transposición de normas armonizadas se publicarán en el «Boletín Oficial del Estado».
La Comisión
Europea ha venido
adoptando Decisiones,
desde el año
1995 hasta
el
momento
actual,
que
han
sido
publicadas
en
la
serie
L
del
«Diario
Oficial
de
la
Unión
Europea», estableciendo los sistemas de evaluación de la conformidad con los requisitos
esenciales de la Directiva 89/106/CEE de las familias de productos sujetos a la misma.
En
las
Comunicaciones
de
la
Comisión,
en
el
marco
de
la
implementación
de
la
Directiva
89/106/CEE
del
Consejo,
para
dar
publicidad
a
la
disponibilidad
de
normas
armonizadas de las diferentes familias de productos, se establecen las fechas de entrada
en vigor y la de finalización del período de
coexistencia relativas al uso del marcado
CE
para los correspondientes productos.
En la Orden de 29 de noviembre de 2001 del Ministerio de Ciencia y T
ecnología ya se
recogían
las
referencias
a
normas
armonizadas,
períodos
de
coexistencia,
entrada
en
vigor
del
marcado
CE
y
organismos
notificados
relativos
a
una
serie
de
productos
de
construcción, y
en su artículo quinto
se facultaba al
Director General
de Política T
ecnológica
para actualizar
o ampliar
mediante Resolución
los anexos I,
II
y III
de
la
misma, competencia
transferida
a
la
Dirección
General
de
Desarrollo
Industrial
del
Ministerio
de
Industria,
Turismo
y
Comercio
conforme
al Real
Decreto
1554/2004,
de
25
de
junio
(artículo
13,
punto
1, a),
y transferida
a la Dirección
General de
Industria del Ministerio
de Industria,
Turismo y Comercio conforme al Real Decreto 438/2008, de 14 de abril.
Habiéndose
publicado
dos
nuevas
Comunicaciones
de
la
Comisión
que
refunden,
actualizan y amplían las anteriores Comunicaciones aparecidas para la entrada
en vigor
del marcado CE para diversas familias de productos, resulta necesaria su transposición al
Derecho interno.
En su virtud, a iniciativa del Comité
Permanente de
la Comisión Interministerial para
los
Productos de
Construcción
y
para
dar
cumplimiento
al
Real
Decreto
1630/1992
en
aplicación de la Directiva 89/106/CEE, resuelvo:
Primero.
 
Actualización y ampliación.
–Se actualizan y amplían los anexos I, II y III de
la Orden de 29 de noviembre de 2001 por la que se publican las referencias a las normas
UNE que son transposición de normas armonizadas, así como el período de coexistencia
y
la
entrada
en
vigor
del
marcado
CE
relativo
a
varias
familias
de
productos
de
construcción.
Segundo.
 
Eficacia
.–La presente Resolución surtirá efectos desde el día siguiente al
de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que se comunica a los efectos oportunos.
Madrid,
17
de
mayo
de
2010.–El
Director
General
de
Industria,
Jesús
Candil
Gonzalo.
cve: BOE-A-2010-8894