1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 .. 56
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 181
Viernes 29 de julio de 2011
Sec. I.   Pág. 85650
I.
 
DISPOSICIONES GENERALES
JEFA
TURA DEL EST
ADO
13046
Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.
JUAN CARLOS I
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la
siguiente ley.
PREÁMBULO
I
En un contexto europeo en el que la producción de residuos se encuentra en
continuo aumento y en el que la actividad económica vinculada a los residuos alcanza
cada vez mayor importancia, tanto por su envergadura como por su repercusión
directa en la sostenibilidad del modelo económico europeo, el Sexto Programa de
Acción Comunitario en Materia de Medio Ambiente exhortaba a la revisión de la
legislación sobre residuos, a la distinción clara entre residuos y no residuos, y al
desarrollo de medidas relativas a la prevención y gestión de residuos, incluido el
establecimiento de objetivos. En el mismo sentido, la Comunicación de la Comisión
de 27 de mayo de 2003, «Hacia una estrategia temática para la prevención y el
reciclado de residuos»; instaba a avanzar en su revisión.
T
odo ello llevó a la sustitución del anterior régimen jurídico comunitario de residuos y
a la promulgación de la Directiva 2008/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 19 de noviembre de 2008, sobre los residuos y por la que se derogan determinadas
Directivas integrándolas en una única norma («Directiva marco de residuos» en adelante).
Esta nueva Directiva establece el marco jurídico de la Unión Europea para la gestión de
los residuos, proporciona los instrumentos que permiten disociar la relación existente
entre crecimiento económico y producción de residuos, haciendo especial hincapié en la
prevención, entendida como el conjunto de medidas adoptadas antes de que un producto
se convierta en residuo, para reducir tanto la cantidad y contenido en sustancias
peligrosas como los impactos adversos sobre la salud humana y el medio ambiente de
los residuos generados. Así incorpora el principio de jerarquía en la producción y gestión
de residuos que ha de centrarse en la prevención, la preparación para la reutilización, el
reciclaje u otras formas de valorización, incluida la valorización energética y aspira a
transformar la Unión Europea en una «sociedad del reciclado» y contribuir a la lucha
contra el cambio climático.
La transposición de esta Directiva en nuestro ordenamiento jurídico interno se lleva a
cabo a través de esta Ley que sustituye a la anteriormente vigente Ley 10/1998, de 21 de
abril, de Residuos.
La necesaria modificación de nuestro marco legislativo interno en materia de residuos
para su adaptación a las modificaciones del derecho comunitario, es, asimismo, una
oportunidad para actualizar y mejorar el régimen previsto en la anteriormente vigente
Ley 10/1998, de 21 de abril. Esta Ley estableció en su día la primera regulación con
carácter general de los residuos en nuestro ordenamiento jurídico. En los doce años de
aplicación de esta norma las administraciones públicas, los productores y los gestores de
residuos han adquirido una experiencia y formación en este campo mucho mayor que la
existente en el momento de la aprobación de la norma anterior y, por otra parte, la
prevención, producción y gestión de los residuos, y los principios que la inspiran, han
cve: BOE-A-201
1-13046