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ásico
 SE
Seguridad Estructural
SE - 39
 
casos, las conclusiones de una evaluación preliminar pueden aconsejar la adopción de medidas
preventivas de aseguramiento estructural del edificio (D.8).
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Las medidas a adoptar para asegurar, restablecer o mantener la seguridad estructural de un edificio
deben ser planificadas adecuadamente.
D.8 Medidas
D.8.1 Medidas de aseguramiento estructural
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En el momento en el que la evaluación realizada así lo aconseje, especialmente en los casos en los
que no se pueda demostrar una seguridad adecuada, se adoptarán medidas de aseguramiento es-
tructural del edificio, tales como la restricción del uso del mismo, el apeo provisional de elementos
estructurales, la puesta fuera de servicio y cierre de la obra o la evacuación de las zonas que pudie-
ran estar afectadas por un posible derrumbe, según corresponda. El objetivo de las medidas de
aseguramiento será primordialmente la protección inmediata de las personas o del medio ambiente.
D.8.2 Medidas técnico-administrativas
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En función de los resultados obtenidos en una evaluación y para controlar, modificar o atenuar los
riesgos de origen estructural, puede resultar adecuada la adopción de medidas técnico – adminis-
trativas como el control (permanente o periódico) del comportamiento estructural o de las condicio-
nes de utilización, la limitación en la utilización del edificio, la instalación de dispositivos automáticos
de aviso o de control activo, la puesta a punto de medidas de emergencia o la introducción de es-
quemas de evacuación. Dichas medidas se establecerán para cada caso, teniendo en cuenta la im-
portancia de la obra, el riesgo para las personas o para el medio ambiente, el modo de rotura previ-
sible (dúctil o frágil), las posibilidades de control y limitación de los daños, las distintas alternativas
técnicamente viables y el costo absoluto o relativo al incremento de seguridad.
D.8.3 Medidas constructivas.  
1
Según los resultados de la evaluación, puede resultar necesaria la adopción de medidas constructi-
vas que incrementen la seguridad estructural de forma que se cumplan las exigencias acordes con
los objetivos establecidos para el periodo de servicio futuro, tales como el incremento o reducción
de la resistencia de elementos o de secciones, de la rigidez o de la masa, el incremento de la capa-
cidad de deformación, la instalación de amortiguadores o el cambio del sistema estático.
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Los elementos de refuerzo de una estructura se dimensionarán según las especificaciones para el
dimensionado estructural de edificios de nueva construcción. Alternativamente, las verificaciones re-
lativas a los elementos de refuerzo se podrán basar en una aplicación directa de los métodos de
análisis de la seguridad.