D
ocumento
B
ásico
HE
Ahorro de Energía
HE1 - 1
Sección HE 1
Limitación de demanda energética
1 Generalidades
1.1. Ámbito de aplicación
1
Esta Sección es de aplicación en:
a)
edificios de nueva construcción;
b)
modificaciones, reformas o rehabilitaciones de edificios existentes con una superficie útil su-
perior a 1000 m
2
donde se renueve más del 25% del total de sus
cerramientos.
2
Se excluyen del campo de aplicación:
a)
aquellas edificaciones que por sus características de utilización deban permanecer abiertas;
b)
edificios y monumentos protegidos oficialmente por ser parte de un entorno declarado o en
razón de su particular valor arquitectónico o histórico, cuando el cumplimiento de tales exi-
gencias pudiese alterar de manera inaceptable su carácter o aspecto;
c)
edificios utilizados como lugares de culto y para actividades religiosas;
d)
construcciones provisionales con un plazo previsto de utilización igual o inferior a dos años;
e)
instalaciones industriales, talleres y edificios agrícolas no residenciales;
f)
edificios aislados con una superficie útil total inferior a 50 m
2
.
1.2 Procedimiento de verificación
1
Para la correcta aplicación de esta Sección deben realizarse las verificaciones siguientes:
a)
en el proyecto se optará por uno de los dos procedimientos alternativos de comprobación
siguientes:
i)
opción simplificada,
basada en el control indirecto de la demanda energética de los
edificios mediante la limitación de los parámetros característicos de los
cerramientos
y
particiones interiores
que componen su envolvente térmica. La comprobación se reali-
za a través de la comparación de los valores obtenidos en el cálculo con los valores lí-
mite permitidos. Esta opción podrá aplicarse a obras de edificación de nueva construc-
ción que cumplan los requisitos especificados en el apartado 3.2.1.2 y a obras de re-
habilitación de edificios existentes;
ii)
opción general
, basada en la evaluación de la demanda energética de los edificios
mediante la comparación de ésta con la correspondiente a un edificio de referencia que
define la propia opción. Esta opción podrá aplicarse a todos los edificios que cumplan
los requisitos especificados en 3.3.1.2.
En ambas opciones se limita la presencia de condensaciones en la superficie y en el interior
de los
cerramientos
y se limitan las pérdidas energéticas debidas a las infiltraciones de aire,
para unas condiciones normales de utilización de los edificios.
b)
durante la construcción de los edificios se comprobarán las indicaciones descritas en el
apartado 5.