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alternativas. El transporte a mano de una carga por una escalera de mano se
hará de modo que ello no impida una sujeción segura. Se prohíbe el transporte
y manipulación de cargas por o desde escaleras de mano cuando por su peso o
dimensiones puedan comprometer la seguridad del trabajador. Las escaleras
de mano no se utilizarán por dos o más personas simultáneamente.
 
4.2.4
No se emplearán escaleras de mano y, en particular,
escaleras de más de cinco metros de longitud, sobre cuya resistencia no se
tengan
garantías.
Queda
prohibido
el
uso
de
escaleras
de
mano
de
construcción improvisada.
 
4.2.5
 Las escaleras de mano se revisarán periódicamente.
 Se
prohíbe la utilización de escaleras de madera pintadas, por la dificultad que ello
supone para la detección de sus posibles defectos.
 
 
4.3
 
Disposiciones específicas relativas a la utilización de los andamios.
 
 
4.3.1
 Los andamios deberán proyectarse, montarse y mantenerse
convenientemente de manera que se evite que se desplomen o se desplacen
accidentalmente. Las plataformas de trabajo, las pasarelas y las escaleras de
los andamios deberán construirse, dimensionarse, protegerse y utilizarse de
forma que se evite que las personas caigan o estén expuestas a caídas de
objetos. A tal efecto, sus medidas se ajustarán al número de trabajadores que
vayan a utilizarlos.
 
4.3.2
 Cuando no se disponga de la nota de cálculo del andamio
elegido,
o
cuando
las
configuraciones
estructurales
previstas
no
estén
contempladas en ella, deberá efectuarse un cálculo de resistencia y estabilidad,
a
menos
que
el
andamio
esté
montado
según
una
configuración
tipo
generalmente reconocida.
 
4.3.3
 En función de la complejidad del andamio elegido, deberá
elaborarse un plan de montaje, de utilización y de desmontaje. Este plan y el
cálculo a que se refiere el apartado anterior deberán ser realizados por una
persona con una formación universitaria que lo habilite para la realización de
estas actividades. Este plan podrá adoptar la forma de un plan de aplicación
generalizada, completado con elementos correspondientes a los detalles
específicos del andamio de que se trate.
 
 
A los efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior, el plan de montaje,
de utilización y de desmontaje será obligatorio en los siguientes tipos de
andamios:
 
a) Plataformas suspendidas de nivel variable (de accionamiento manual
o motorizadas), instaladas temporalmente sobre un edificio o una estructura
para tareas específicas, y plataformas elevadoras sobre mástil.